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martes, 11 de octubre de 2011

Los trabajadores públicos según Posner y Becker

Posner y Becker exponen el problema de la cantidad de trabajadores públicos y los problemas fiscales a los que conllevan.

lunes, 9 de mayo de 2011

Aumenta brecha de pensiones en Estado

En Estados Unidos, l a brecha de pensiones creció 26% en un año, ya que a los Estados les hace falta $1.26 trillones para pagar las pensiones de los trabajadores públicos y otros beneficios por retiro. Ver nota completa aquí.

miércoles, 21 de julio de 2010

Maine se mueve hacia el sistema federal

Los grandes países federados se han estado moviendo hacia integrar los sistemas estatales/provinciales o municipales hacia los esquemas federales de pensiones, permitiéndose programas complementarios. Sin embargo, en ocasiones los gobiernos locales rechazan la integración. Esta nota sobre Maine muestra algunos de los problemas asociados a no participar en el programa nacional, general.

miércoles, 2 de junio de 2010

La crisis europea de largo plazo y el rol de los estados de bienestar

En este excelente artículo Posner explica las razones fundamentales de la crisis de largo plazo de Europa. Este tema ya lo habíamos tratado en una nota anterior.

lunes, 12 de octubre de 2009

Algunos datos sobre el régimen de pensiones de Luz y Fuerza

Este fin de semana el presidente de México clausuró el organismo público de electricidad Luz y Fuerza del Centro (LyFC) que proporcionaba el servicio a la Ciudad de México y otros municipios cercanos. El plan excesivo de pensiones es uno de los factores que explica el alto déficit que esta empresa pública tenía cada año (alrededor de tres mil millones de dólares). Estos son algunos datos que ponen en contexto el régimen de pensiones de los trabajadores de LyFC:


  • La pensión promedio sobre el salario promedio (una medida empírica de la tasa de reemplazo) es igual a 2.12. Por ejemplo, esta relación en otro plan de pensiones de otro organismo público es igual a 0.8 en el ISSSTE (antiguo régimen) y 0.7 en PEMEX, compañía petrolera. Se ha calculado que los trabajadores de empresas privadas tendrán una tasa de reemplazo alrededor de 0.4.

  • La edad mínima para la jubilación en la vejez es de 55 años de edad, cinco años menor que los trabajadores del IMSS y que los trabajadores de empresas privadas, por ejemplo.

  • El retiro anticipado fue usado para ser concedida con solo 25 años de antigüedad, este número era 28 y 30 en el ISSSTE y cada año se está incrementando como resultado de la reciente reforma a este plan de pensiones.

  • La edad promedio de jubilación en LyFC por lo tanto fluctúa alrededor de los 50 años de edad.

jueves, 16 de abril de 2009

ANIESS

La Asociación Nacional de Instituciones Estatales de Seguridad Social de México ha publicado una nueva página web. Estas son agencias que proveen planes de pensiones, seguros de salud y otros servicios sociales a los trabajadores del sector público.

lunes, 23 de febrero de 2009

Las instituciones de seguridad social más importantes en México firman acuerdo de portabilidad

La semana pasada el IMSS y el ISSSTE, las instituciones de seguridad social para los trabajadores del sector privado y público en México respectivamente firmaron un acuerdo de portabilidad. Bajo este acuerdo, los afiliados a los esquemas tendrán derecho de que se les reconozcan sus aportaciones en ambos planes con el objetivo de completar los requisitos mínimos para obtener los beneficios y para el cálculo de los mismos. El acuerdo se estableció para las pensiones, los servicios médicos y otros beneficios. Este acuerdo se pudo lograr después de que en 2007 se reformó la ley del ISSSTE. En la CISS hemos analizado el tema de acuerdos internacionales de seguridad social en nuestro Informe Anual 2006.

jueves, 11 de diciembre de 2008

Cobertura de empleados públicos en Estados Unidos

El tema de la segmentación de los sistemas de seguridad social tiene complejidades técnicas y toma tiempo resolverlo. Un estudio reciente de la Oficina de la Contaduría Mayor de ese país señala que:

96 por ciento de los trabajadores de Estados Unidos están cubiertos por la Seguridad Social. La vasta mayoría del 4 por ciento restante son trabajadores públicos.

Ello no significa que los empleados públicos no tengan un plan de pensiones, pero sí que se requieren de soluciones específicas para atender los temas de portabilidad y reconocimiento de derechos. El documento se encuentra en:

http://www.gao.gov/new.items/d08248t.pdf

lunes, 1 de diciembre de 2008

En México se busca la transformación de los sistemas de pensiones estatales a través de los excedentes petroleros

En diciembre de 2007 el Congreso mexicano aprobó la Ley Federal de Presupuesto. En ésta se permite usar los ingresos de la venta de petróleo para crear un fondo denominado Fondo de Apoyo para la Reestructuración de Pensiones (FARP).

Los excedentes petroleros se usan para estabilizar los ingresos de los estados de la República y las inversiones de PEMEX en infraestructura, posteriormente el resto del excedente es dividido en cuatro partes que se usan para: infraestructura federal general; infraestructura general en los estados; infraestructura general en PEMEX; y para el FARP..

La Secretaría de Hacienda determina el uso que se le puede dar al fondo y las reglas que requieren cubrir los estados para poder hacer uso de recursos del FARP. El uso que se le puede dar a los fondos es:

1. Cubrir gastos de operación
2. Apoyar las obligaciones del Gobierno Federal derivas de las obligaciones en curso de pago, de la pensión mínima garantizada y de los costos de transición de las reformas del IMSS y el ISSSTE.
3. Apoyar las obligaciones de otras entidades federales, incluyendo los programas de pensiones de las fuerzas armadas.
4. Apoyar las obligaciones de los planes de las entidades estatales y municipales en sus planes de reestructura.

Para poder hacer uso del fondo se requiere:

1. Establecer sistemas de pensiones basados en cuentas individuales para trabajadores nuevos
2. Establecer mecanismos para que trabajadores activos puedan mudarse al sistema de cuentas individuales sin perder antigüedad
3. Reducir significativamente el valor presente de las obligaciones futuras.

En México en general los estados tienen fondos de pensiones para los trabajadores del sector público, que en muchos casos incluyen a los trabajadores de los gobiernos municipales. Existen algunos estados que como excepción tienen acuerdos con el ISSSTE para el manejo de las pensiones. Desafortunadamente no existe mucha información de los sistemas estatales y menos aún uno del cálculo consolidado del pasivo laboral, pero algunas estimaciones lo ubican hasta en poco más del 10 por ciento del PIB.

En Brasil, el Ministerio de Previsión Social trabaja con los planes municipales y esto les ha permitido una coordinación importante en temas fundamentales. Una revisión de esta relación puede llevar a importantes lecciones.

jueves, 20 de noviembre de 2008

Vence el plazo fijado por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado para la elección de régimen pensionario

El pasado 14 de noviembre fue la fecha límite que el ISSSTE dio a los trabajadores que cotizaron en la ley de 1983, para elegir el sistema de pensiones que más les conviniera. Estas opciones fueron: a) un régimen de transición semejante al anterior pero con cambios en la conformación del salario pensionable y las edades mínimas de retiro, entre otras; o b) la entrega en una cuenta individual, de un bono de pensión que busca reconocer los derechos adquiridos en el antiguo régimen.
Sin embargo, al día de hoy, según información ofrecida por el propio director del Instituto, no se tiene la cifra exacta de cuántos trabajadores optaron por cambiarse al sistema de cuentas individuales; y en comparecencia ante los legisladores del país, ofreció la cifra de cinco millones de cuentas individuales administradas por PENSIONISSSTE (la Administradora de Fondos del propio Instituto y quien tendrá el monopolio en dicho sector durante 3 años).
Esta cifra puede explicarse considerando que más de dos millones de trabajadores burócratas que cobraban como trabajadores independientes, no tenían cobertura en la ley anterior, sin embargo, con la reforma implementada en 2007 pasaron a ser sujetos del régimen obligatorio. El resto de las cuentas puede deberse a que en la ley abrogada, las dependencias del gobierno aportaban 2% del sueldo de sus trabajadores a una cuenta manejada por una institución bancaria, monto que a partir de la entrada en vigor de la nueva ley, debe ser administrado por PENSIONISSSTE, excepto en los casos de aquellos trabajadores del Estado que también coticen o hayan cotizado en la Ley del Seguro Social vigente desde 1997 la cual norma la seguridad social para los trabajadores en general.